Cómo Saber Si Un Poder Notarial Está Vigente - Procedimientos

Como saber si un Poder Notarial está vigente en España, es una de las preguntas que se hacen algunos ciudadanos en territorio español, que han hecho este tipo de documentos, que le da autoridad a terceras personas a cargo de trámites o responsabilidades, que les trae alivio en diversas situaciones.

A continuación conoce cómo saber si un Poder Notarial está vigente, cómo se puede realizar y que tipo de pasos se debe hacer para su obtención.

Índice de Contenido

Cómo saber si un Poder Notarial está vigente en España

Un Poder Notarial se mantiene vigente de manera indefinida, hasta que el poderdante lo declare. Es decir, esto significa que la persona que otorga el poder definirá el tiempo de validez que tendrá, podrían ser varios meses o años, dependiendo de la necesidad que tenga el poderdante

Sin embargo, hay otra razones que pueden revocar o invalidar el poder, y las razones pueden ser las siguientes:

  • Por la muerte del poderdante o del apoderado, ya que nadie podrá actuar o aceptar un poder post mortem. En el caso que el apoderado muera, dicho poder no puede ser transferido directamente, el poderdante debe ubicar otro representante, en este tipo de casos.
  • Por incapacitación del apoderado o de quien otorgue el poder, ya que es importante tener la capacidad de actuar de la misma forma que el otro, y si no la cumplen, se invalida el poder. Solo se da la excepción en el caso de los poderes preventivos.
  • Porque el poderdante revoque el poder, cambiado de opinión respecto a su relación con el apoderado.
  • Cuando el poder haya cumplido la función por lo que fue creado, es decir se extingue en el caso de los poderes que cumplen una tarea, como en el caso de poderes de negocios, trámites o ventas.

Poder Notarial

Es un documento que tiene como función autorizar a una persona jurídica o natural, para designar a otra con la responsabilidad en ser su representante legal, quien además es autorizado en actos jurídicos o materiales.

Dicho documento debe ser realizado frente a un notario o alguien con funciones notariales, como un cónsul, quien le dará el visto bueno a dicha acción. Este tipo de documentos es muy frecuente en España, ya que es un instrumento que puede ser empleado en cualquier tipo de acto jurídico, que necesite realizarse por medio de algún apoderado.

Procedimiento para emitir un Poder Notarial

Para la realización de un Poder Notarial deben cumplirse algunos pasos, y lograr de manera correcta dicho documento. Lo primero es hacer de manera individual o con el apoyo de un abogado, ponerse en contacto con la sección Consular, vía web, donde debe exponer el caso para la emisión del Poder, luego de ello debe entregar y seguir estos pasos:

  • El Poderdante: debe suministrar todos los datos personales para el inicio del proceso, esto incluye: nombre, apellido, dirección, estado civil.

Si el poderdante es persona natural deberá mostrar el Documento de Identificación (DNI), de ser ciudadano español, o en su defecto el pasaporte o carta de identidad al ser extranjero.

En el caso que el poderdante sea una persona jurídica o empresa, deberá hacer entrega de su identificación, que en este caso es el Código de Identificación Fiscal (CIF), además de entregar su credencial y cargo dentro de la empresa que representa, y así poder actuar en nombre de la entidad.

Si son varios poderdantes deben asistir juntos a la petición en la Notaría, en el caso que no puedan asistir se realizarán dos poderes, con el mismo contenido, para que se produzca la firma por separado.

  • El Apoderado: en este caso debe presentar todos los datos personales: Nombre completo, nacionalidad, estado civil, dirección, incluyendo el Documento de Identificación (DNI), de ser ciudadano español, o en su defecto el pasaporte o carta de identidad al ser extranjero.

Asimismo, se debe indicar el tipo de relación con el poderdante, de existir. O en caso de ser otorgado a favor de Procuradores o Abogados, se debe indicar la dirección profesional.

En este caso es muy importante que todos los datos estén sin errores, pues será la persona que actuará en nombre del poderdante, y en este caso no tiene la obligación de asistir ante el notario, al momento de la firma y entrega del poder.

  • Motivo del Poder: referente a la motivación de la creación de este documento, pues eso es lo que llevará a la creación de dicho Poder. Los motivos pueden ser variados, y van desde consecuencias fiscales, compraventas herencia, emisión de documentos, entre otros.

El motivo debe llevarse preparado, redactado por un abogado, notario o procurador. Lo más importante es tener claridad del motivo por el que se hace el Poder, para que no exista ningún tipo de errores en su realización.

  • Objeto del Poder Notarial: esto se refiere a si está vinculado con otro hecho, en ese caso se realiza un documento explicativo y se documenta sobre la vinculación existente. Es decir, por ejemplo si desea ratificar la constitución de una hipoteca, debe entregar la escritura de la constitución de la hipoteca.
  • Firma notarial: este tipo de documento debe ser firmado, únicamente, por un notario público o alguien que tenga dichas cualidades, como un cónsul. No será válido si es firmado por abogado o afines.

Tipos de Poderes

Existe una diversidad de poderes con funciones específicas, que vienen a adaptarse según la necesidad del poderdante. Los tipos de poder notarial más habituales son:

  1.  Poder General: en este tipo de poder el poderdante o titular cede sus derechos para que un tercero lo represente de manera legal, y actúe en su nombre en actos de tipo jurídico o materiales. Los tipos más habituales de este tipo son:
  • El Poder para Pleitos: el apoderado actúa en nombre del poderdante, en caso de asistencia a tribunales o caso relacionados con esto, que pueden darse en juicio y fuera de juicio, como por ejemplo:
  • Para herencia.
  • Para comprar.
  • Poder para vender.
  • Para cobro de cantidades de dinero, relacionados a préstamos o pensiones.
  • Para disponer de cuentas bancarias.
  • Poder para administrar bienes: este se refiere a que el apoderado se encargará de las gestiones del patrimonio del poderdante, estando en la disposición inclusive de la compraventa o hipoteca de inmuebles.
  •  Poder Especial: se refiere a que el apoderado tiene facultad en actos de tipo jurídico, de manera concreta. Dichos poderes pueden ser los siguientes:
  • Poder para el cobro de pensiones.
  • Poder para recibir herencias o algún tipo de donación.
  • Poder para herencias, administración y disposición de bienes.
  • Poder para la compra o venta de cualquier tipo de inmuebles.
  • Poder para la constitución de sociedades, que estén relacionadas a la compra o venta de participaciones sociales o acciones de sociedades.
  • Escrituras de ratificación.
  • Escrituras de revocación, para finalizar los efectos de un poder notarial previo.
  • Capitulaciones matrimoniales.
  • Testamento abierto, solo para ciudadanos de España.
  • Acta de manifestaciones.
  •  Poder Preventivo: estos se refieren o funcionan para permitir que el apoderado pueda representar al poderdante y sus interés, si éste padezca algún tipo de Incapacidad que lo impide actuar, por su propia voluntad.

Costo de un Poder Notarial

El costo o tarifa de este tipo de documento, variará según el tipo de escritura, la cantidad de páginas, el número de personas que están relacionadas, y de las facultades que se otorgarán.

Generalmente, se estima un costo entre 25 a 50 euros, dependiendo del notario, y el tipo de caso, dicho documento puede ser cancelado con tarjeta de crédito o debito o en efectivo cumpliendo la Ley de Tasas 9/2011 de 10 de mayo.

Revocación de un Poder Notarial

En este caso el poderdante se debe poner en contacto con la notaría que emitió el poder, o cualquier notaría cercana a su hogar, y debe entregar una copia autorizada de dicho documento, con el que el notario pueda hacer la revocación.

Al culminar ese proceso el notario debe hacer constar en el documento que el apoderado pierde el derecho de exigir algún tipo de copia autorizada, además de devolver la copia entregada del poder revocado.

Para tener garantía del procedimiento el poderdante debe tener una copia certificada del Poder Notarial, además de tener los números de los folios timbrados de la nueva copia realizada.

Asimismo, en el caso de estar en otra localidad, esto se puede realizar mediante una Escritura de Revocación, que se puede entregar en el Consulado aunque el poder no haya sido otorgado en el Consulado. En este caso se deben entregar los siguientes requisitos:

  • Copia del pasaporte o Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente y algún documento que acredite el estado civil del otorgante.
  • Nombre completo, estado civil, nacionalidad, dirección y, si es posible, mención del Documento Nacional de Identidad o pasaporte de la persona o personas a quienes se da el poder.
  • Entregar datos completos del poder que se va a revocar.
  • Nombre y dirección del apoderado.
  • Notario ante quien se otorgó el poder.
  • Número de la escritura y fecha del otorgamiento.

En caso que el poder esté en manos del apoderado se debe apoderar a una persona en la localidad donde reside el apoderado, para gestionar por la forma judicial o notarial la notificación de la revocación del Poder, asimismo hacer la exigencia de la rendición de cuentas y entrega de la copia del poder revocado.

Servicio de Consulta

Este es un organismo creado para servir a la administración de España, y conocer los poderes notariales existentes en el territorio español.

En el cualquier ciudadano español puede consultar por medio del Centro de Atención de Integradores y Desarrolladores.

Además la administración pública puede tener acceso a esta información de manera gratuita. El horario de atención es de lunes a jueves de 8:30 a.m. a 6:30 p.m., y los viernes de 8:30 a.m. a 3:00 p.m

La ciudadanía española al realizar un Poder debe estar muy seguro de la persona que se convertirá en el apoderado, y sobretodo seguir cada paso de la manera correcta, entendiendo que el vencimiento de dicho poder dependerá de esa relación que tengan tanto el poderdante y apoderado.

Si te gusto el artículo que acabas de leer, revisa los siguientes:

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Cómo Saber Si Un Poder Notarial Está Vigente - Procedimientos puedes visitar la categoría ESPAÑA.

¡Más Contenido!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir