Cómo Presentar el Formulario ETE del Banco de España

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España, es lo que se preguntan muchos ciudadanos que deben reportar los activos y pasivos financieros a través de este formulario, emitido por el Banco de España.

Este formulario es un proceso que se debe realizar de manera mensual, trimestral y anual, en el que se reflejan las transacciones económicas y los saldos activos que se obtienen en territorio español y en el exterior, además de los pasivos financieros que provienen del exterior.

Siendo un requerimiento muy importante en el aspecto tributario, a continuación se explicará todo lo relacionado con el Formulario ETE del Banco de España, y de que forma debe realizar este trámite.

Índice de Contenido

Formulario ETE

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

El Formulario ETE es el mecanismo que se usa para hacer la declaración de las transacciones económicas y todos los saldos de activos y pasivos financieros que tengan en el exterior cualquier ciudadano español, y que este bajo su nombre oficial.

  • Este Formulario está regulado según lo plasma la Circular 4/2012 del Banco de España, convirtiéndose además en una declaración de tipo informativa que sirve para fines estadísticos que son presentados ante el Banco de España, sirviendo para la declaración de todas las transacciones realizadas con sujetos no residentes y los activos y pasivos que se posee en el extranjero.
  • Por otra parte, vale aclarar que el Formulario ETE es un trámite diferente a la del modelo 720, ya que este se refiere a la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que debe ser presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siendo una declaración informativa de índole tributaria.
  • Este tipo de formulario o declaración debe presentarla toda persona física o jurídica que resida en territorio español, y que posea activos y pasivos en el extranjero o haya realizado algún tipo de transacciones económicas con no residentes, esto solo si la suma de los activos y pasivos o las transacciones realizadas superen el millón de euros en el año anterior.
  • Se puede resumir de manera específica que ante el Banco de España se deben declarar las operaciones realizadas con no residentes, sin importar la naturaleza del trato o de la forma de pago o como liquiden las operaciones.
  • Asimismo, se incluyen las operaciones de índole comercial con la emisión de facturas a no residentes o compras de bienes y servicios a ciudadanos extranjeros. Al igual que los saldos y las variaciones de activos y pasivos en el exterior de cualquier índole, que pueden ser cuentas en entidades bancarias, depósitos, instrumentos de deuda, participaciones, inmuebles, derivados, entre otros trámites.

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

Para llenar el Formulario ETE del Banco de España. Se debe presentar vía online a través de ITW en cualquiera de sus dos formatos PDF o XML comprimido en ZIP, entregado la información detallada en las aplicaciones técnicas de la Circular 4/2012. Cumpliendo lo siguiente:

  • Se debe llenar el Formulario en formato PDF con el programa Adobe Acrobat Reader versión 9.1 o que sea superior hasta la versión Adobe Reader XI o Adobe Reader DC.
  • Para lograr conservar los cambios en los formularios del formato PDF se deben guardar en su equipo antes de realizar el envío, en la opción que dice: "Guardar como".
  • En el caso de elaborar un archivo XML, como por ejemplo el archivo de 7 KB que debe validarse con los esquemas XML, en la versión actualizada en 11 KB, que corresponde antes de que el declarante proceda a su envío.

Hay que aclarar que este tipo de Formulario tiene dos tipos de presentaciones, que se detallarán a continuación:

  • Formularios para declarantes personas jurídicas, incluidas unidades publicas y personas físicas, con operaciones y o saldos superiores a 50 millones de euros.

En este caso se dividen en dos formatos para las personas físicas y jurídicas.

  • Personas Físicas

Para poder realizarlo es indispensable contar con el DNI electrónico o un certificado electrónico expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), y para poder cumplir con este trámite según sea el caso debe utilizar los siguientes enlaces:

  • En el caso de Envío de Declaraciones realizarlo en este enlace.
  • Para realizar la Descarga de respuestas usar este enlace.
  • Y en el caso de realizar la Consulta del estado de las Declaraciones, utilizar este enlace.
  • Personas Jurídicas

En este caso las personas jurídicas deberán contar con el certificado electrónico expedido por las Autoridades de Certificación aceptadas por el Banco de España o mediante el certificado de componente emitido por este organismo para personas jurídicas (PKIBDE), y de esa forma poder cumplir este trámite se debe realizar a través de los siguientes enlaces:

  • En el caso de Envío de Declaraciones, a través de este enlace.
  • Si va a realizar la Descarga de respuestas debe ser por este enlace.
  • Si realizará la Consulta del estado de las Declaraciones, deberá realizarlo a través de este enlace.

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

  • Formularios para la declaración anual resumida, en el caso cuando ni el importe de los saldos ni el de las transacciones superen en el año los 50 millones de euros.
  • Personas Físicas

En este caso debe contar con el DNI electrónico o el certificado electrónico expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), y de esa forma poder cumplir con este trámite que pueden ser los siguientes enlaces:

  • En el caso del Envío de Declaraciones se usará este enlace.
  • Si se va a realizar la Descarga de respuestas debe usarse este enlace.
  • En el caso de la Consulta del estado de las Declaraciones de debe usar este enlace.
  • Personas Jurídicas

En este caso es necesario contar con un certificado electrónico expedido por las Autoridades de Certificación aceptadas por el Banco de España o a través del certificado de componente emitido por este organismo para personas jurídicas (PKIBDE), y de esa manera poder cumplir este trámite a través de los siguientes enlaces:

  • En el caso de Envío de Declaraciones se emplea este enlace.
  • En el caso de realizar la Descarga de respuestas, debe realizarlo en este enlace.
  • En cuanto a la Consulta del estado de las declaraciones se usa este enlace.

Otra Documentación complementaria para la presentación del Formulario ETE 

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

Al momento de realizar las declaraciones respectivas ante el Banco de España, sobre sus activos y pasivos, el Banco de España, cumpliendo lo establecido en el artículo 9º del Real Decreto 1816/1991, modificado por el Real Decreto 1360/2011, podrá exigir algún tipo de información más detallada de la operación que se esté declarando, para de esa manera hacer el seguimiento fiscal, estadístico y administrativo de las operaciones.

En este caso la información puede enviarse a través del formulario que corresponda al trámite a realizar, para lo cual necesita tener instalado Adobe Acrobat Reader, versión 9.1 o superior, como mediante un archivo XML que deberá ser validado con los esquemas XML (11 KB) correspondientes.

Asimismo, las Gestoras de Fondos de Inversión podrán remitir vía online a través del Modelo B de las aplicaciones técnica de la Circular 4/2012, donde informan los Fondos de Inversión de los que actúan como remitentes del formulario ETE, y para ello se debe hacer el envío del formulario B, siguiendo este enlace.

Preguntas Frecuentes

Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España

¿En qué momento se informa acerca de las transacciones en el exterior?
Se deberá informar cuando el movimiento de transacciones sea inferior a los 100 millones de euros o menor a 50 millones de euros.

¿En qué fecha se debe informar sobre las declaraciones de activos pasivos en el extranjero al Banco de España?
Se debe presentar de manera anual, hasta el 20 de enero del año siguiente, en el caso que el importe de las transacciones es inferior a 100 millones de euros, o inferior a 50 millones de euros, se presentará una declaración anual resumida.

También, se debe hacer presentación trimestral los 20 días del mes siguiente al fin de cada trimestre, en el caso que el importe de las operaciones son de más de 100 millones pero inferiores a 300 millones de euros.

Asimismo se hará una presentación mensual los 20 primeros días del mes siguiente, en el caso que el importe de las operaciones es igual o superior a los 300 millones de euros.

¿Cómo se realizan los calculo de los límites?
Se deberá sumar los cobros y los pagos de todas las operaciones realizadas el año anterior con no residentes, y sumar los saldos de activos o pasivos frente al exterior a 31 de diciembre del año anterior. El resultado de la suma que resulte superior de las dos anteriores es la que determinará la periodicidad de declaración.

¿Qué ocurre si no se presenta la declaración del Formulario ETE o se realiza la presentación fuera del plazo?
En ese caso el régimen sancionador aplicable al Formulario ETE es bastante estricto y queda regulado en la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. Estableciendo lo siguiente:

Se considera infracción grave (i) la no declaración de operaciones que superen los 6 millones de euros o (ii) la inexactitud de algún dato de la declaración respecto de operaciones que superen los 6 millones de euros. En este caso las, sanciones pueden ascender a la mitad del importe de la operación no declarada, con un mínimo de 6.000 euros.

Por el contrario, se considera infracción leve (i) la presentación fuera de plazo, (ii) la no declaración de operaciones inferiores a los 6 millones de euros o (iii) la inexactitud de los datos de cuantía inferior al citado importe de 6 millones de euros. Las sanciones en caso de infracción leve pueden ser de hasta un cuarto del importe de la operación, con un mínimo de 3.000 euros.

Luego de conocer todo lo relacionado con el Formulario ETE del Banco de España, y todas las implicaciones es de vital atención para los empresarios su cumplimento a tiempo, ya que podría sufrir consecuencias que a la larga pueden ser fatales para su empresa.

Es por ello que deben seguir los pasos que se explicaron en este artículo y de esa forma presentar el Formulario ETE del Banco de España, y cumplir con este trámite tributario de manera efectiva.

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