Cómo Presentar el Formulario ETE del Banco de España
Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España, es lo que se preguntan muchos ciudadanos que deben reportar los activos y pasivos financieros a través de este formulario, emitido por el Banco de España.
Este formulario es un proceso que se debe realizar de manera mensual, trimestral y anual, en el que se reflejan las transacciones económicas y los saldos activos que se obtienen en territorio español y en el exterior, además de los pasivos financieros que provienen del exterior.
Siendo un requerimiento muy importante en el aspecto tributario, a continuación se explicará todo lo relacionado con el Formulario ETE del Banco de España, y de que forma debe realizar este trámite.
Formulario ETE
El Formulario ETE es el mecanismo que se usa para hacer la declaración de las transacciones económicas y todos los saldos de activos y pasivos financieros que tengan en el exterior cualquier ciudadano español, y que este bajo su nombre oficial.
Cómo presentar el Formulario ETE del Banco de España
Para llenar el Formulario ETE del Banco de España. Se debe presentar vía online a través de ITW en cualquiera de sus dos formatos PDF o XML comprimido en ZIP, entregado la información detallada en las aplicaciones técnicas de la Circular 4/2012. Cumpliendo lo siguiente:
Hay que aclarar que este tipo de Formulario tiene dos tipos de presentaciones, que se detallarán a continuación:
En este caso se dividen en dos formatos para las personas físicas y jurídicas.
Para poder realizarlo es indispensable contar con el DNI electrónico o un certificado electrónico expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), y para poder cumplir con este trámite según sea el caso debe utilizar los siguientes enlaces:
En este caso las personas jurídicas deberán contar con el certificado electrónico expedido por las Autoridades de Certificación aceptadas por el Banco de España o mediante el certificado de componente emitido por este organismo para personas jurídicas (PKIBDE), y de esa forma poder cumplir este trámite se debe realizar a través de los siguientes enlaces:
En este caso debe contar con el DNI electrónico o el certificado electrónico expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), y de esa forma poder cumplir con este trámite que pueden ser los siguientes enlaces:
En este caso es necesario contar con un certificado electrónico expedido por las Autoridades de Certificación aceptadas por el Banco de España o a través del certificado de componente emitido por este organismo para personas jurídicas (PKIBDE), y de esa manera poder cumplir este trámite a través de los siguientes enlaces:
Otra Documentación complementaria para la presentación del Formulario ETE
Al momento de realizar las declaraciones respectivas ante el Banco de España, sobre sus activos y pasivos, el Banco de España, cumpliendo lo establecido en el artículo 9º del Real Decreto 1816/1991, modificado por el Real Decreto 1360/2011, podrá exigir algún tipo de información más detallada de la operación que se esté declarando, para de esa manera hacer el seguimiento fiscal, estadístico y administrativo de las operaciones.
En este caso la información puede enviarse a través del formulario que corresponda al trámite a realizar, para lo cual necesita tener instalado Adobe Acrobat Reader, versión 9.1 o superior, como mediante un archivo XML que deberá ser validado con los esquemas XML (11 KB) correspondientes.
Asimismo, las Gestoras de Fondos de Inversión podrán remitir vía online a través del Modelo B de las aplicaciones técnica de la Circular 4/2012, donde informan los Fondos de Inversión de los que actúan como remitentes del formulario ETE, y para ello se debe hacer el envío del formulario B, siguiendo este enlace.
Preguntas Frecuentes
¿En qué momento se informa acerca de las transacciones en el exterior?
Se deberá informar cuando el movimiento de transacciones sea inferior a los 100 millones de euros o menor a 50 millones de euros.
¿En qué fecha se debe informar sobre las declaraciones de activos pasivos en el extranjero al Banco de España?
Se debe presentar de manera anual, hasta el 20 de enero del año siguiente, en el caso que el importe de las transacciones es inferior a 100 millones de euros, o inferior a 50 millones de euros, se presentará una declaración anual resumida.
También, se debe hacer presentación trimestral los 20 días del mes siguiente al fin de cada trimestre, en el caso que el importe de las operaciones son de más de 100 millones pero inferiores a 300 millones de euros.
Asimismo se hará una presentación mensual los 20 primeros días del mes siguiente, en el caso que el importe de las operaciones es igual o superior a los 300 millones de euros.
¿Cómo se realizan los calculo de los límites?
Se deberá sumar los cobros y los pagos de todas las operaciones realizadas el año anterior con no residentes, y sumar los saldos de activos o pasivos frente al exterior a 31 de diciembre del año anterior. El resultado de la suma que resulte superior de las dos anteriores es la que determinará la periodicidad de declaración.
¿Qué ocurre si no se presenta la declaración del Formulario ETE o se realiza la presentación fuera del plazo?
En ese caso el régimen sancionador aplicable al Formulario ETE es bastante estricto y queda regulado en la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior. Estableciendo lo siguiente:
Se considera infracción grave (i) la no declaración de operaciones que superen los 6 millones de euros o (ii) la inexactitud de algún dato de la declaración respecto de operaciones que superen los 6 millones de euros. En este caso las, sanciones pueden ascender a la mitad del importe de la operación no declarada, con un mínimo de 6.000 euros.
Por el contrario, se considera infracción leve (i) la presentación fuera de plazo, (ii) la no declaración de operaciones inferiores a los 6 millones de euros o (iii) la inexactitud de los datos de cuantía inferior al citado importe de 6 millones de euros. Las sanciones en caso de infracción leve pueden ser de hasta un cuarto del importe de la operación, con un mínimo de 3.000 euros.
Luego de conocer todo lo relacionado con el Formulario ETE del Banco de España, y todas las implicaciones es de vital atención para los empresarios su cumplimento a tiempo, ya que podría sufrir consecuencias que a la larga pueden ser fatales para su empresa.
Es por ello que deben seguir los pasos que se explicaron en este artículo y de esa forma presentar el Formulario ETE del Banco de España, y cumplir con este trámite tributario de manera efectiva.
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