Cómo Solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a Cargo en España

Cómo solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo en España, es lo que se preguntan todos los padres que tienen niños pequeños o con alguna discapacidad motora, en territorio español y requieran de algún tipo de ayuda para poder sostenerse económicamente.

La Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo es una ayuda creada por el Gobierno Español que se convierte en la prestación económica que entrega la Seguridad Social española, para brindar ayuda a las familias que tengan hijos menores de edad o mayores de edad con algún tipo de discapacidad, siendo padres solteros o trabajadores con necesidades económicas.

Siendo una ayuda que necesitan muchos hogares españoles, en este artículo se explicará todo lo referente con esta prestación social, y cómo solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo.

Índice de Contenido

Ayuda de los Puntos de los Niños 

La Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo es una ayuda que es otorgada por la Seguridad Social de España, en pro de ayudar a las familias que tengan hijos pequeños menores de edad, o hijos mayores de edad, con algún tipo de discapacidad, con un grado de 65% en su condición de incapacidad.

  • Este tipo de prestaciones puede ser solicitada si los hijos son por nacimiento, adopción o acogimiento de los solicitantes, ya que no existen ningún tipo de exclusión al momento de optar a esta ayuda, que viene a dar un respaldo económico para estas familias que tiene una necesidad especial.
  • Esta prestación social es conocida también como la ayuda por hijo a cargo, y un requerimiento esencial para optar a ella es no tener ingresos anuales por encima de los límites de rentas anuales, salvo si se tienen hijos con discapacidad.

Condiciones para solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños

Las condiciones que deben tener el interesado para poder solicitar La Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo son variadas, por lo que hay que estar al tanto de ellas, y son las siguientes:

  • Vivir en territorio español de manera legal.
  • Tener la custodia de hijos menores de 18 años de edad.
  • Tener a su cargo hijos mayores de 18 años de edad, con alguna condición de discapacidad, que sea de un grado de 65% o mayor a ella.
  • No estar cobrando algún tipo de ayuda que sea parecida a la solicitada.
  • No estar cobrando rentas anuales, que superen los límites que correspondan a la cantidad de hijos, establecidas de la siguiente forma:
  • Tener un hijo menor a 18 años sin ningún tipo de discapacidad, en ese caso su renta anual debe ser de 11.576,83 euros.
  • En el caso de tener dos hijos menores de 18 años sin ningún tipo de discapacidad, en nivel límite de renta anual es de 13.313,35 euros.
  • Si el solicitante tiene tres hijos menores de 18 años, sin ningún tipo de discapacidad, considerada familia numerosa, debe tener como límite de renta la cantidad de 17.423,84 euros.
  • En el caso de ser una familia numerosa, con cuatro o más hijos menores de 18 años, sin ningún tipo de discapacidad, el límite anual de la resta es aumentada en 2.822,18 euros por cada hijo desde el cuarto en adelante.
  • Cuando se tiene algún hijo con discapacidad de grado 65% o más, siendo mayor o menor de 18 años, no se toma en cuenta los ingresos percibidos.

Requisitos para solicitar la Ayuda 

Para realizar la solicitud de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo debe recabar los siguientes requerimientos:

  • Entregar llena la solicitud impresa de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo.
  • En el caso de ser Españoles entregar el Documento Nacional de Identidad (DNI), del solicitante, del otro progenitor (a) adoptante o acogedor(a) permanente o preadoptivo y de los hijos o menores por los que se solicita la prestación que hayan cumplido 14 años.
  • En el caso de ser Extranjeros los ciudadanos de la Unión Europea(UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza entregar el certificado de registro de ciudadano de la Unión o Certificado del derecho a residir con carácter permanente, junto con pasaporte o documento de identidad en vigor, según los artículos 7.1 y 10.1 Real Decreto 240/2007, del 16 de febrero.
  • Al ser miembros de la familia de un ciudadano de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, entregar la Tarjeta de residencia familiar del ciudadano de la Unión o resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud de la tarjeta, según los artículos 8 y 10.3 Real Decreto 240/2007, del 16 de febrero.
  • En el caso de ser extranjero de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza que residan en territorio nacional, deberán entregar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) para los solicitantes, otros progenitores y causantes o autorización residencia temporal o permanente, según proceda.
  • También, deben entregar la solicitud de la tarjeta o autorización de residencia, para hijos nacidos en España de extranjeros de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza. Y el Número de Identificación de Extranjero (NIE), en todos los supuestos.
  • De ser extranjero de cualquier otra país, entregar el Número de Identificación de Extranjero (NIE) si lo posee.
  • Otorgar la Copia y Original del Certificado de empadronamiento de beneficiarios y causantes, solo en los casos previstos en el Real Decreto 523/2006, del 28 de abril.
  • Entregar la copia y original del Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento de los hijos, expedido por el Registro Civil correspondiente.
  • Facilitar la copia y original del Justificante de ingresos. Deberá presentar, en su caso, la documentación que acredite el nivel de rentas indicado en la solicitud.
  • En el caso de separación judicial o divorcio entregar la Sentencia Judicial que acredite dichas situaciones o documento por el que se establece la guarda y custodia de los hijos. Además de la Declaración de si ha obtenido de su cónyuge la prestación de Asignación familiar por hijo a cargo después de la fecha de separación o divorcio, en caso de cambio de titular.

  • En el caso de separación de hecho o si la separación o el divorcio están en trámite otorgar cualquiera de los siguientes documentos:
  • La Copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación o divorcio o la Copia de la denuncia de abandono del hogar familiar.
  • El Convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado.
  • El Testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales en que se acuerde la guarda y custodia.
  • En el caso de parejas de hecho en las que no existe convivencia, entregar el documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes a un determinado progenitor o a ambos de forma compartida.
  • En el caso de tutela, guarda, curatela o acogimiento de menores o mayores con discapacidad, entregar la Resolución judicial mediante la que se constituya la tutela/curatela o documento expedido por la Entidad Pública que tiene atribuida la protección de menores o incapacitados, que acredite el acogimiento del menor o incapacitado o auto judicial encomendando la guarda y custodia, o en su defecto para la tutela, dará el documento de toma de posesión o aceptación del cargo de tutor.
  • En el caso de hijos con discapacidad o en trámite de reconocimiento, otorgar el Título de discapacidad expedido por el IMSERSO u organismo competente de la Comunidad Autónoma o justificante de haberlo solicitado.
  • En el caso que el solicitante cuyos hijos residan en algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza entregar el formulario E-401 “Certificación relativa a la composición de la familia con miras a la concesión de prestaciones familiares”, cumplimentado por el organismo competente del país de residencia de los hijos. En caso de convenio con algún país, certificado de la composición familiar, expedido por la autoridad competente del país de residencia de los hijos.
  • En el supuesto de solicitantes marroquíes por hijos que residen en Marruecos, entregar el Certificado de la Caja Nacional de Seguridad Social de Marruecos sobre si el cónyuge percibe prestaciones familiares por los hijos relacionados en la solicitud así como sobre la actividad laboral de éste y de los hijos mayores de 16 años, indicando en el caso afirmativo, los ingresos.
  • En el caso de familia numerosa, debe entregarse el Título de familia numerosa.

Cómo llenar la solicitud de la Ayuda 

Para poder realizar una solicitud donde no haya ningún tipo de errores, se presenta a continuación los pasos a seguir para el llenado de la planilla de solicitud de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo.

  • PRIMERA SECCIÓN 
  • DATOS DEL SOLICITANTE
  • DATOS PERSONALES 

Indicar todos los datos personales: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE), Número de la Seguridad Social, en le caso de ser extranjero indica el tipo de residencia, indicar la dirección indicando el domicilio, la calle, localidad, código postal, teléfono.

  • PARA SUPUESTOS DE PROGENITOR(A), ADOPTANTE, O ACOGEDOR(A) FAMILIAR PERMANENTE O PREADOPTIVO

Indicar su estado civil y el tipo de convivencia en que se encuentra con el otro progenitor (a), adoptante o acogedor (a) permanente o preadoptivo.

  • SITUACIÓN LABORAL

Expresar la situación laboral especificando así mismo si cobra o ha solicitado alguna prestación o subsidio de alguna entidad tanto pública como privada.

  • SEGUNDA SECCIÓN 
  • DATOS DEL OTRO PROGENITOR/A, ADOPTANTE O ACOGEDOR/A FAMILIAR PERMANENTE O PREADOPTIVO

Rellene las casillas aunque no exista convivencia entre los progenitores, es muy importante que nos facilite los máximos datos posibles del otro progenitor/a, adoptante o acogedor/a familiar permanente o preadoptivo y su DNI/NIE.

  • DATOS PERSONALES

Indicar todos los datos personales: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE), Número de la Seguridad Social, en el caso de ser extranjero indica el tipo de residencia, indicar la dirección indicando el domicilio, la calle, localidad, código postal, teléfono.

  • SITUACIÓN LABORAL

Expresar la situación laboral especificando así mismo si cobra o ha solicitado alguna prestación o subsidio de alguna entidad tanto pública como privada.

  • TERCERA SECCIÓN 
  • DATOS DE LOS HIJOS O MENORES POR LOS QUE PIDE LA PRESTACIÓN

Rellenar cada uno de los causantes de la solicitud indicando los datos personales, información de la convivencia, si trabaja, cobra o ha solicitado alguna prestación, así como, en el supuesto de que tenga reconocida o alegue una discapacidad, los datos solicitados sobre esa discapacidad.

  • CUARTA SECCIÓN 
  • DECLARACIÓN DE INGRESOS

Referente a la solicitud:

  • Rendimientos netos del trabajo: indicar el importe de las retribuciones íntegras percibidas en dinero, menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal, cotizaciones a la Seguridad Social, cuotas a sindicatos, entre otros.
  • Rendimientos íntegros del capital mobiliario, intereses de cuentas corrientes, libretas de ahorro, depósitos: en este caso indicar el importe bruto, sin efectuar descuento alguno, de los rendimientos obtenidos por el capital.
  • Rendimientos netos del capital inmobiliario: indicar el importe de las rentas derivadas de la titularidad de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, sin tener en cuenta la vivienda habitual, por arrendamientos de los mismos u otro concepto similar menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal.
  • Rendimientos netos de actividades económicas: indicar el importe de los ingresos obtenidos con motivo de la realización de la actividad económica menos los gastos deducibles, de acuerdo con la legislación fiscal.
  • Ganancias patrimoniales: saldo neto positivo de las ganancias patrimoniales imputables al ejercicio de referencia de los ingresos, derivado de la venta de bienes muebles, acciones, fondos de inversión o de bienes inmuebles.

  • QUINTA SECCIÓN 
  • OTROS DATOS
  • DATOS FISCALES

Si el futuro titular de la prestación tiene establecida su residencia fiscal, más de 183 días al año, en un país extranjero o en una Comunidad o Ciudad Autónoma o Territorio Foral distinto del lugar en donde solicita su prestación, deberá indicarlo.

  • DOMICILIO DE COMUNICACIONES 

En este apartado se emplea a efectos legales donde se debe indicar cuando desee recibirlas en otro distinto al suyo habitual, incluidas las comunicaciones oficiales en las que se le pidan actuaciones en plazos determinados.

  • SEXTA SECCIÓN 
  • ALEGACIONES 

En este apartado si desea añadir algo que considere importante o relevante para tramitar su prestación y no lo vea recogido en la planilla, puede indicarlo.

  • SÉPTIMA SECCIÓN 
  • MODALIDAD DE COBRO DE LA PRESTACIÓN

En este apartado de la planilla se debe tener cuidado en rellenar las casillas de la cuenta corriente para que no haya ningún tipo de problemas cuando se haga el ingreso.

En el caso de residir en el extranjero y quiere recibir el pago desde donde residen, debe aportar la certificación bancaria con todos los datos que le proporcionen en su entidad bancaria.

  • OCTAVA SECCIÓN 
  • COBRO DE LA PRESTACIÓN POR CAUSANTE MAYOR DE 18 AÑOS

En este apartado se indica si el causante es mayor de 18 años, y este tiene capacidad de obrar y quiera ser perceptor de la asignación económica, se cumplimentará el número de la cuenta del causante. Esta sección será firmado por el solicitante y el causante mayor de 18 años.

Cómo solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños 

Para poder solicitar la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo se puede realizar de las siguientes formas:

  • FORMA PRESENCIAL 

Si se desea realizar el trámite de manera presencial deberá acudir a alguna de las oficinas de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con una cita previa, ya que es de carácter obligatorio pedir el día y la hora para poder ser atendido.

Al estar en el sitio será atendido por un oficial, quien verificará la documentación, de no tener ningún tipo de error, se iniciará el proceso de análisis de su caso, y en 45 días, aproximadamente, se darán los resultados de la solicitud.

  • FORMA ONLINE 

Para realizar este trámite vía online se debe poseer certificado digital, DNI electrónico o sistema clave.

Si cuenta con dichos requerimientos podrá realizar la solicitud de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo, directamente desde la sede electrónica de la Seguridad Social.
Véase en el siguiente enlace.

Allí deberá ingresar al sistema, y seguir los pasos que le va indicado el ordenador del sistema de solicitud de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo.

Por si no puede realizarlo de algunas de las forman el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuenta con un sistema para envío de solicitudes urgentes e inaplazables y puede facilitar información telefónica en su número de atención, a través del número 901 16 65 65, en un horario comprendido de 9:00am a 9:00pm.

Cuánto se cobra por la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo

La cantidad de dinero por la ayuda es variable, por la cantidad de menores de edad, o de hijos con condición de discapacidad, siendo distribuido de la siguiente forma:

  • Si tiene un solo hijo, sin discapacidad, se entrega 291 euros anuales.
  • Si se tienen dos hijos, sin discapacidad, se otorgan 582 euros anuales.
  • En el caso de tener tres hijos, sin discapacidad, se otorgan 873 euros anuales.
  • En el caso de tener cuatro hijos, sin discapacidad, se abonan 1.164 euros anuales.
  • Si el solicitante tiene cinco hijos, sin discapacidad, se otorgan 1.455 euros anuales.
  • En el caso que se tenga seis hijos, sin discapacidad, se entregan 1.746 euros anuales.
  • En el caso de tener siete hijos, sin discapacidad, se abonan 2.037 euros anuales.
  • Cuando se tienen ocho hijos, sin discapacidad, se entregan 2.328 euros anuales.
  • Si se tienen nueve hijos, sin discapacidad, se otorga 2.619 euros anuales.
  • En el caso que tengan diez hijos, sin discapacidad, se entregan 2.910 euros anuales.
  • En el caso que los hijos sean menores a cargo y posean una discapacidad del 33% o más, el importe otorgado será de 1.000 euros por hijo.
  • Si los hijos son mayores de edad con alguna discapacidad con un grado de 65% o más, por cada hijo se otorgará 4.418,80 euros al año.
  • En el caso que los hijos sean mayores de 18 años, y tengan la discapacidad con un grado de 75% o más, la ayuda económica se incrementa en 6.622,80 euros al año si necesita el cuidado diario de una persona para realizar acciones como comer, vestirse, asearse o desplazarse.

En el caso de los hijos menores de 18 años cobran dos veces al año en mitades, en los meses de enero y julio. En el caso de los hijos mayores de 18 años con discapacidad el importe se entrega de manera mensual.

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Luego de ver todo los pasos a seguir para poder aplicar a la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo, debe animarse en solicitarla, solo debe ser ordenado, y tener tranquilidad al momento de ingresar su caso. Ya que por lo general todas las postulaciones son aprobadas.

Si es tu caso qué tienes niños menores o tienes alguno con alguna discapacidad, no desaproveches estas ayudas que da el Gobierno Español y de esa forma tener un respiro en tu situación económica, ya que si aplicas ten por seguro que obtendrás este beneficio de la Ayuda de los Puntos de los Niños o Hijos a cargo

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