Requisitos Para Abrir Un Consultorio Dental En México

Abrir un consultorio odontológico es un enorme reto, principalmente si desconoces cuales son los requisitos para abrir un consultorio dental en México, los cuales son solicitados por parte de las diversas entidades que tienen injerencia en su funcionamiento.

El objetivo de este documento es enunciarte y describirte los requisitos básicos para la apertura de tu consultorio odontológico profesional. Esto se explica dando por hecho que ya cuentas con título y cédula profesionales, y que tienes el lugar acondicionado donde vas a ubicar tu consultorio.

Índice de Contenido

¿Cómo abrir un consultorio dental?

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La apertura de un consultorio dental privado es de interés para muchos profesionales de la odontología. Más allá de las cuestiones económicas o de habilidad técnica, una limitante importante para llevarlo a cabo es el desconocimiento de los trámites administrativos necesarios para ello.

Es común que muchos odontólogos se atrevan a mantener en uso un negocio que, la mayoría de las veces, no cumple con este tipo de aspectos, lo que conlleva a ser susceptible a diversas sanciones.

Cabe destacar que la información que te ofrezco corresponde a la legislación y normatividad federal aplicable dentro del territorio mexicano. Los requisitos para abrir un consultorio dental en México, te los describo a continuación:

Contar con título y cédula profesionales

  1. Servicio de Administración Tributaria (SAT):
  2. Tramitar RFC;
  3. Alta de actividad económica;
  4. e-firma.

¿Si cuenta con todos los requisitos del SAT?

De no tener el titulo ni la cedula debes cumplir con los siguientes requisitos para abrir un consultorio dental en México, previos para obtener tú cedula y título:

  1. Regulación sanitaria: Aviso de funcionamiento; Responsable sanitario.
  2. Protección Civil: Autorización de programa interno; Solicitud de visita de verificación.
  3. Ayuntamiento o delegación: Licencia de uso de suelo; Licencia de anuncio denominativo

Paso a seguir para cumplir con los requisitos para abrir un consultorio dental en México

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Estos pasos son se mucha importancia para que puedas abrir de forma exitosa tu consultorio dental, y no tengas inconvenientes al momento de ponerlo a funcionar y no incurras en sanciones o cierre innecesarios.

  • PASO 1: SAT (Servicio De Administración Tributaria). En primera instancia debes visitar es el SAT, donde realizarás tres trámites:
  1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC), éste consiste en que tramites y obtengas una clave alfanumérica para que la autoridad fiscal pueda conocerte e identificar la actividad económica como contribuyente llevas a cabo, y que es obligatoria tanto para las personas físicas como para las personas morales.

Una persona física se refiere a todo humano con capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones; se caracteriza por tener personalidad jurídica, nombre propio, domicilio, estado civil, patrimonio y nacionalidad, entre otros aspectos. En otras palabras, correspondería a un odontólogo que desea realizar este trámite.

El RFC de una persona física cuenta con 13 caracteres alfanuméricos: primera letra de su primer apellido, la primera vocal del mismo apellido, la primera letra del segundo apellido y la primera letra del primer nombre. Además de esto, se agregan seis datos numéricos que corresponden al año, mes y día de nacimiento; y se adiciona una homoclave alfanumérica de tres caracteres, que es asignada por el SAT.

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  1. Alta de la actividad económica ante el SAT, se refiere a establecer la actividad que te generará ingresos. En tu caso como odontólogo dado de alta como personas físicas, deberás elegir: “Prestación de servicios profesionales de manera independiente”. Posterior a elegirla, se despliegan las opciones: Profesionales/Educativos/Salud, teniendo que elegir esta última “Salud”. Dentro de este rubro deberás elegir “Consultorios dentales del sector privado que cuenten con título de médico conforme a las leyes”.

Posteriormente debes indicar la periodicidad de la prestación, lo cual deberás responder “Más de una vez por año (periódicamente”. Si para el desarrollo de tus actividades consideras contratar a alguien como un auxiliar, recepcionista, etc. Deberás seleccionar la casilla que dice: “Tendrás trabajadores asalariados (pagarás sueldos y salarios)”. Finalmente, aparecerá un recuadro que indica el resumen de los datos proporcionados, además de proporcionar una lista de las obligaciones fiscales a realizar ante el SAT.

  1. Firma Electrónica (e-firma), es necesario para que puedas emitir los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI’s), que anteriormente se conocían como: facturas o recibos de honorarios, indispensables para poder comprobar ingresos ante el SAT. Para ello, deberás acudir previa cita, pues además de registrar información se tomarán tus datos biométricos como lo son: firma autógrafa, huellas e iris.
  • PASO 2: Regulación Sanitaria. En materia de salud, la apertura de un consultorio dental debe apegarse a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Por eso, debes tramitar ante la oficina de regulación sanitaria más cercana el Aviso de funcionamiento y el Aviso de responsable sanitario.
  • Aviso de funcionamiento para servicios de atención médica: éste es el documento correspondiente para informar la apertura y funcionamiento de tu consultorio dental. Puedes tramitarlo hasta 30 días antes de iniciar tus actividades en el consultorio, y hasta 10 días después de la apertura.
  • Aviso de responsable sanitario: éste es un documento que contiene los datos de la persona que estará encargada de supervisar que se cumpla con la legislación y normatividad vigente en salud dentro del consultorio. Es importante señalar que deberás contar con un título y la cédula profesional que correspondan con el giro que se está indicando en el Aviso de funcionamiento; es decir, si estableces que en el consultorio realizaras actividades de cierta especialidad estomatológica, los datos del responsable sanitario deben concordar con ella.
  • PASO 3: Protección Civil. Debido a que un consultorio dental es un lugar que durante su operatividad puede conllevar cierto tipo de riesgos, es necesario que lo integres dentro del Programa interno de protección civil. Éste es un instrumento de planeación y operación enfocada a prevenir y a prepararte ante una posible eventualidad o riesgo que pudieran generarte emergencias o desastres. Así, que debes tramitar una autorización de un programa interno de protección civil, así como la solicitud de una visita de verificación por parte del personal de este órgano.
  • Autorización de un programa interno de protección civil: debes acudir a las oficinas locales de la DGDPC (Dirección General de Protección Civil), a fin de que seas capacitados en la elaboración de un plan operativo para la Implementación de las unidades internas de protección civil, o bien, puedes obtener la información por Internet.
  • Solicitud de una visita de verificación: para ello, debes llenar un formato, anexando copia de tu identificación y del comprobante domiciliario de tu consultorio. Una vez que el inspector compruebe que cumples con todo lo ya mencionado, deberán dejarte una copia de la lista de cotejo de inspección, la cual debe concordar con lo que hay en el establecimiento y firmarse de conformidad. En caso de que te falte requerimientos, éstos deberán estar especificados junto con el plazo convenido para que le des cumplimiento.
  • PASO 4: Gobierno local (ayuntamiento o delegación). Es deseable que visites de manera previa las oficinas del ayuntamiento o delegación correspondientes para asegurarte que la ubicación de tu consultorio sea acorde a las disposiciones locales, tales como uso de suelo o giro comercial. Te debo remarcar que es posible que los trámites aquí descritos varíen de acuerdo con la legislación local propia de tu entidad federal. Los documentos que tienes que tramitar en esta instancia son la licencia de uso de suelo y la licencia de anuncio.
  • Licencia de uso de suelo: es un documento oficial emitido por el gobierno local en el que te autorizan el uso del suelo de acuerdo con las disposiciones normativas para el aprovechamiento de los inmuebles, incluyendo la factibilidad de emplearlo para uso comercial.
  • Licencia de anuncio denominativo: éste es un permiso otorgado a una persona física o moral para instalar un anuncio que contenga una denominación, frase publicitaria o eslogan, logotipo o emblema con los que es factible identificar tu local comercial donde se desarrolla el consultorio dental.

CONCLUSIONES

La apertura de un consultorio dental requiere que cumplas con disposiciones y realizar ciertos trámites. Por lo mismo, es común que al llevarlos a cabo, no siempre los cumplas en su totalidad, o que los abandones totalmente.

Sin embargo, tengo que recordarte que el consultorio es susceptible a visitas de verificación por parte de las instituciones referidas como el gobierno local, el SAT, protección civil y regulación sanitaria, además de otras, las cuales pueden ser realizadas de manera aleatoria, o bien a solicitud de alguna persona.

Es por ello que, para evitar posibles multas, clausura y/o cierre temporal de tu consultorio dental, tu deber el cumplimiento de todos los requisitos para abrir un consultorio dental en México, tal como te lo he descrito anteriormente.

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