Requisitos Para Cobrar El Paro Acumulado - Guía Paso A Paso

Conoce los requisitos para cobrar el paro acumulado, la ayuda creada por el Estado Español, para todos los desempleados totales y parciales del territorio, que le brinda el apoyo en prestaciones equivalentes a la cotizaciones acumuladas, por todos los años de trabajo de un ciudadano español.

A continuación se presentan todos los pasos, requisitos y formas para cobrar el paro acumulado, y recibir la ayuda de este beneficio entregado a la ciudadanía en el territorio español.

Índice de Contenido

Requisitos necesarios para cobrar el Paro Acumulado

Requisitos Para Cobrar El Paro Acumulado

Para poder obtener el cobro del Paro acumulado debe entregar los siguientes recaudos:

  1. Tener el modelo oficial de la solicitud que incluya el compromiso de la actividad.
  2. Identificación del solicitante, y de los hijos e hijas que convivan con él. Además de indicar los siguientes documentos: Documento Nacional de Identidad DNI o pasaporte de ser españoles, de ser extranjeros o residentes en España: Nacionales de la Unión Europea entregar el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, además del NIE, el pasaporte o documento de identidad del país de origen. En el caso de ser No nacionales de la Unión Europea, tener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y el pasaporte.
  3. Documentación bancaria en el que se acrediten los datos del número de cuenta, del titular y de donde desea percibir la prestación.
  4. Entregar el Libro de Familia, o un documento equivalente en el caso de ser extranjeros.
  5. Entrega del Certificado de la empresa en la que haya trabajado en los últimos 6 meses, para acreditar su situación legal del contrato.
  6. Otros documentos que justifiquen su situación laboral, de no ser suficiente el certificado de la empresa.

Cálculo del Paro Acumulado

El monto del Paro se realiza al calcular las cotizaciones, durante los seis años antes del desempleo existente. Cada día se cuenta como cotizado, inclusive aquellos de tiempo parcial, al igual que el tiempo de las vacaciones.

A continuación las fases del cálculo y el cobro del Paro Acumulado:

Todas las personas al entregar los recaudos, y optar para cobrar el paro acumulado, tendrá beneficio de recibir la contribución calculada en el 70% de la base que regula al empleado, en la actualidad española.

Dicho método se emplea durante los 180 primeros días que estará percibiendo el dinero del patrono prestación. Desde el día número 181 se estará recibiendo el 60%, basado en el promedio de las bases de los accidentes laborales o enfermedades de los 180 días previos al desempleo de la persona.

Otros valores que se consideran al realizar el cálculo son los conocidos topes mínimos y máximos de cada año, de los siete años establecido.

En el caso del tope mínimo es de:
• 497€ si el solicitante no tiene hijos que estén a su cargo.
• 664,74 € si el solicitante tiene hijos que estén a su cargo.

En el caso del tope máximo es:
• 1.087,20€ si el solicitante no tiene hijos que estén a su cargo.
• 1.242,52€ si el solicitante tiene un hijo a su cargo.
• 1.397,83€ si el solicitante tiene dos o más hijos que estén a su cargo.

En el caso de los solicitantes que tengan hijos a su cargo, deben cumplir los siguientes requisitos:

Los hijos deben ser menores de 26 años, o de ser mayores de dicha edad, poseer algún tipo de incapacidad que cubra el 33% de su totalidad motora o mental.
Si no viven los hijos con el beneficiario debe entregar la resolución judicial, donde se esclarezca la relación de manutención del hijo.

Al tener la prestación solicitada, el Estado Español se encargará del 100% en el pago de la cotización de la empresa que se incluirá en la Seguridad Social del solicitante desempleado. Además de agregarse el 35% de la cuota del trabajador.

Por otra parte, existe otra forma para definir los días de cotización de manera precisas tras la prestación por desempleo y es a través de la Tabla de días cotizados para el paro acumulado.

Tabla de días cotizados para el paro

Beneficiarios del Paro acumulado

Para poder ser beneficiario del paro acumulado debes cumplir algunos requisitos, y estar dentro de estos grupos que el gobierno español ha distribuido para su consecuente atención, con dicho beneficio.

  • Todas las personas a las que se les haya culminado el contrato en alguna empresa, y no haya sido renovado por sus contratantes.
  • Cuando los contratados hayan sido despedidos por razones colectivas o individuales.
  • Por vencimiento del período de prueba al que fue requerido, y su contrato haya expirado sin renovación del mismo.
  • Por la muerte o jubilación del trabajador.
  • Si el empleado ha sufrido algún tipo de accidente que le haya ocasionado algún tipo de incapacidad, momentánea o total, y le impida ejercer sus labores cotidianas.
  • Por alguna suspensión temporal o reducción del tiempo de la jornada a causa del expediente de regulación del empleo hecho por la empresa, donde está trabajando.
  • Por traslados del centro del lugar o lugar del trabajo que sea oportuno el cambio de residencia del trabajador.
  • Si el trabajador llega a territorio español, tras culminar su contrato en alguna empresa en el extranjero.
  • Por el cese involuntario de las labores administrativas y sindicales del Estado Español.
  • Si han sido trabajadores que coticen por la contingencia de desempleo por cuenta ajena, incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Los trabajadores por cuenta ajena en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social: Minería del Carbón, Régimen Especial de los trabajadores del Mar. Además, del personal obrero fijo por cuenta ajena, del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social y todos los trabajadores eventuales por cuenta ajena del Sistema.
  • Todos los socios de cooperativas de trabajo asociado y de explotación comunitaria de la tierra y de cualquier otro tipo, que estén afiliadas al Régimen de Seguridad Social que proteja las contingencias.
  • Los extranjeros trabajadores en España, provenientes de la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo o aquellos que no sean de la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo, residentes de manera legal en territorio español, siempre que estén inscritos como demandantes de empleo.
  • Todos los funcionarios de empleo y personal que haya sido contratado de manera temporal en régimen de derecho administrativo al servicio de las Administraciones Públicas.
  • Todos los militares de Complemento y Militares profesionales de Tropa y Marinería.
  • Todos los miembros de corporaciones locales y de Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de Baleares, que hayan desempeñado estos cargos con dedicación exclusiva o parcial, y perciban algún tipo de retribución por su cargo desempeñado.
  • Todos los trabajadores que hayan ejercido con dedicación exclusiva o parcial, cargos en sindicatos constituidos al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical.
  • Aquellos que ejerzan altos cargos en la Administración Pública, que tengan dedicación exclusiva. Y que no sean personal de funcionario público, ni tengan derecho a percibir cualquier tipo de prestación compensatoria a causa de su cese.
  • Si la persona culminó su tiempo de privación de libertad.
  • A través de causas justas reflejadas en un acta de conciliación o en su consecuencia de un juez.

Los que no pueden recibir este tipo de beneficios son:
Los trabajadores que trabajen sin ningún tipo de contrato.

  1. Las amas de casa.
  2. Los estudiantes de cualquier nivel educativo.
  3. Los trabajadores que hayan dejado voluntariamente el empleo, renunciando a su derecho a paro y a su finiquito.

Condiciones que debe cumplir el beneficiario para cobrar el Paro

Para cobrar el paro acumulado, el beneficiario debe cumplir una serie de condiciones para obtener dicho beneficio:

  • Estar afiliado en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el período en que se percibe la prestación.
  • Haber trabajado y tener una cotización de 360 días por desempleo, dentro de los seis años anteriores al desempleo, o al momento que haya cesado la obligación de cotización.
  • De ser emigrantes retornantes, debe tener cubierto como mínimo un período de 360 días, dentro de los 6 años anteriores a la emigración. Y no percibir ningún tipo de prestaciones por desempleo, en otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • De ser trabajadora eventual agraria que, inmediatamente antes, figuró de alta en Seguridad Social dentro del colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia, el período mínimo de cotización necesario para el acceso a la prestación por desempleo será de 720 días.
  • No tener la edad oficial para jubilarse.
  • No estar realizando algún tipo de actividad por cuenta propia o trabajo independiente a tiempo completo.
  • No estar cobrando una pensión de la Seguridad Social, que sea incompatible con el trabajo.

Métodos para solicitar el Paro Acumulado

El Paro debe solicitarse a los 15 días hábiles, desde el día que se oficializó el desempleo del trabajador. Dicha solicitud se debe realizar de las siguientes formas:

  1. A través de una Oficina de Prestaciones. Luego de solicitar una cita por el sitio web del Servicio Público de Empleo Estatal.
  2. En una Oficina del Registro Público Nacional.
  3. A través del correo Administrativo español.
  4. O vía web en el servicio electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal.

Que se realiza cumpliendo los siguientes pasos:

PASO 1

Acceder a la página web véase en sede.sepe.gob.es

PASO 2

Al entrar al sitio web deben ubicar la pestaña que dice "Procedimientos y Servicios"

PASO 3

Al abrir se selecciona en la pestaña de "Persona"

PASO 4

Se desprenden varias opciones y marcar la que diga "Solicite de Prestación".

PASO 5

Al abrirse la opción se baja hasta ubicar la opción que dice "Acceso Solicitudes"

PASO 6

Se desprenden varios tipos de solicitudes se le da clic a la que dice "Solicitud de prestaciones contributivas"

PASO 7

Hay varias opciones de identificación :

  • Usuario y Contraseña Cl@ve
  • Con certificado digital o DNI Electrónico

PASO 8

Entrar con Usuario y Contraseña

PASO 9

Luego aparecerán varias opciones del tipo de prestación
• Alta Inicial.
• Reanudación.
• Opción por nuevo derecho.
• Opción de compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial.
• Opción de compatibilidad con contrato de apoyo a emprendedores.
• Compatibilidad con trabajo por cuenta propia
Escoge la opción requerida y le da a continuar.

PASO 10

Se completa el formulario colocando nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento.

PASO 11

Rellenar los datos del lugar donde ejercía sus actividades laborales.

PASO 12

Indicar la dirección del domicilio o la dirección de donde quieren que llegue la correspondencia de lo solicitado, además del teléfono y correo electrónico.

PASO 13

Si el solicitante tiene hijos que vivan con él, debe llenar este apartado.

PASO 14

Indicar el número de cuenta bancaria del solicitante, cuando sea diferente al que tiene el servicio público de empleo.

PASO 15

Rellenar el cuadro si tiene alguna observación que destacar.

PASO 16

Seleccionar entre las opciones de correo postal, correo electrónico o SMS, la opción que desea para recibir las notificaciones del procedimiento.

PASO 17

En este apartado adjuntar los documentos solicitados para confirmar la solicitud.

PASO 18

Confirmar la solicitud, añadiendo el nombre, apellidos y el NIF del solicitante.

PASO 19

Leer y aceptar los requisitos solicitados.

PASO 20

Al iniciar el proceso para realizar la firma electrónica le llegará un código al celular, que servirá para rellenar el sistema clave.

PASO 21

Al cumplir esta fase se puede ver la solicitud y guardar la solicitud en su computadora.

En cada uno de los casos, el pago se realizará cada 30 días, entre los días 10 y 15 del mes que esté cobrando, y se estará depositando el monto del dinero a la cuenta ingresada en la solicitud para cobrar el paro acumulado.

Este tipo de beneficios se dan con gran facilidad al cumplir cada uno de los pasos. Es por ello que cumpliendo los requisitos presentados podrá obtener el pago del paro acumulado.

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