Requisitos Para Formar Un Partido Político En Argentina

Los requisitos para formar un Partido Político en Argentina son de gran relevancia para todos aquellos ciudadanos que desean formar parte de la administración de los poderes del país.

Un partido político es una organización que le da garantía a la política del país, teniendo como función elegir a los candidatos que serán presentados a las elecciones de cargos públicos, y de esa forma garantizar la democracia en Argentina.

De este modo, a continuación se presentará cuáles son los requisitos para formar un partido político, y todo lo que se desprende de este tipo de organización que forman parte de la cultura política del país, influyendo en el acontecer electoral de forma directa.

Índice de Contenido

Ley Orgánica de los Partidos Políticos en Argentina

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

La Ley Orgánica de los Partidos Políticos (LOPP), está denominada en la ley Nro. 23.298 siendo de orden público, según lo dispuesto en el Artículo Nro.5, en ella se declara a los partidos políticos como instrumentos indispensables para el desarrollo de la política nacional.

En la ley determina en su Artículo 1 la garantía a toda la ciudadanía, en poder ejercer los derechos de asociación política, significando el privilegio de participar en los partidos políticos de índole democrático.

Del mismo modo, determina que las agrupaciones partidistas tienen el derecho de constituirse y poder tener su funcionamiento libre como partido político, y de esa forma poder actuar en los distritos electorales y las confederaciones de partidos.

Por otra parte, en los artículos 14, 18 y 19, se hace énfasis en el derecho a establecer un nombre del partido, además del uso permanente de su número de identificación, definido como el domicilio legal.

Mientras que en los artículos 35, 36 y 38, hace referencia en dar la garantía que tienen las autoridades en poder usar el nombre del partido, y de esta forma ejercer las funciones de gobierno y dirección del partido político.

Asimismo, los artículos 57 y 63, determina que los partidos que han sido reconocidos o están en constitución tendrán la personería para poder actuar ante la Justicia Federal con competencia electoral.

Partido Político en Argentina

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

La Constitución de Argentina define a un partido político como una institución fundamental en el sistema democrático del país, siendo necesarias para el buen desarrollo de la política nacional.

La función que tiene un partido político es hacer la elección de los candidatos que se presentarán a las elecciones de cargos públicos, dando cumplimiento a lo establecido en la ley sobre el derecho a la constitución, organización, gobierno propio y libre funcionamiento.

De este modo, el Estado argentino contribuye a que pueda ser sostenido en el aspecto económico sobre las actividades y capacitación de los dirigentes políticos, ya que ellos deben informar sobre el origen y destino de los fondos y patrimonio.

Es por ello, que la ley le da garantía a todos los ciudadanos el derecho de agruparse en los partidos políticos, y de ese modo dar sostenibilidad a la democracia y política del país, siendo las instituciones fundamentales del sistema democrático.

Condiciones para formar un Partido Político en Argentina

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

Para que se pueda formar un partido político se deben cumplir algunas condiciones específicas, y son las siguientes:

  • Deben contar con un grupo de ciudadanos, que estén unidos por un vínculo político de forma permanente.
  • Contar con un grupo de electores simpatizantes.
  • Tener una carta orgánica que regule su organización y su funcionamiento.
  • Realizar elecciones de forma periódica de sus autoridades, considerando el porcentaje mínimo por sexo.
  • Contar con el reconocimiento judicial, de carácter jurídico-político, según la inscripción en el registro público que corresponda, como partido político.
  • Tener la inscripción en el registro público que corresponda.

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

Para formar un partido político se deben cumplir varios requisitos y procedimientos ante el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito donde desea actuar.

En cada una de estas fases que debe cumplirse se tiene que aprobar cada requisito, que lo llevará a su adecuada conformación, a continuación se describe cada una de los requisitos y fases establecidas:

Requisitos para Partido Político o Personería jurídico-política Provisoria

En este caso que se desea reconocer el partido político como partido político o personería jurídico-política, de forma provisoria, deberá presentar siguientes requisitos:

  • Presentar el acta de la fundación y constitución del partido, que debe ser acompañada de las constancias, que acrediten la adhesión de un número de electores que no sea inferior al cuatro por mil del total de los inscritos en el registro de electores del distrito que corresponda, hasta el máximo de un millón. En dicho acuerdo de electores se deberá adherir un documento donde se haga constar el nombre, domicilio y la matrícula de los firmantes.
  • Indicar el nombre establecido por la asamblea de fundación y constitución.
  • Presentar la declaración de los principios, el programa o las bases de la acción política, que haya sido sancionada por la asamblea de la fundación y constitución.
  • Entregar la carta orgánica establecida por la asamblea de fundación y constitución.
  • Otorgar el acta de designación de las autoridades promotoras.
  • Indicar el domicilio partidario y el acta de designación de los apoderados.

En el tiempo que se tenga vigencia el reconocimiento provisorio, el partido político será considerado en formación, por lo que no podrá presentar las candidaturas a cargos electivos en elecciones primarias ni en elecciones nacionales, además de no tener derecho a los aportes públicos ordinarios ni extraordinarios, según lo establecido en la Ley 23.298, Artículo 7.

Requisitos para Partido Político o Personería jurídico-política definitiva

Para poder formar un partido político o personería jurídico-política definitiva, aquellos partidos que estén en formación deberán presentar los siguientes requisitos:

  • Deberá estar dentro de los ciento cincuenta días, y presentar la afiliación de un número de electores que no sea inferior al cuatro por mil del total de los inscriptos en el registro de los electores del distrito que corresponda, hasta el máximo de un millón, siendo acompañado por la copia de los documentos cívicos de cada afiliado donde se haga constar la identidad y el domicilio, siendo certificadas por la autoridad partidaria.
  • En el plazo de los ciento ochenta días, deberá haber realizado las elecciones internas, y de esa forma constituir a las autoridades definitivas del partido.
  • En el transcurso de los sesenta días de haber obtenido el reconocimiento, deberá presentar los libros a que se refiere el artículo 37 de la Ley 23.298, con los fines de su rúbrica partidista.

Este tipo de trámite será.realizado ante la justicia federal, teniendo competencia electoral hasta la constitución definitiva de las autoridades del partido político, siendo efectuada por las autoridades promotoras, o los apoderados, quienes serán los responsables en la veracidad de las documentaciones y presentaciones, según lo expuesto en la Ley 23.298, en el Artículo 7.

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

Requisitos para Mantener la Personería jurídico-política

Para poder mantener la personería jurídico-política de un partido político deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Los partidos políticos deberán mantener de forma permanente el número mínimo de afiliados en su organización.
  • La verificación será realizada el segundo mes de cada año, impulsando la declaración de caducidad de la personería jurídico-política cuando corresponda, por el Ministerio Público Fiscal, de oficio, o a través de la instancia del juzgado federal con competencia electoral.
  • Dicha declaración de caducidad será establecida por el juez competente, en un plazo improrrogable de noventa días, bajo el apercibimiento de dar de baja al partido del Registro, al igual que su nombre y sigla.
  • En ese aspecto la Cámara Nacional Electoral hará la publicación antes del 15 de febrero del año siguiente al cierre anual, determinando el número mínimo de afiliados que son requeridos para el mantenimiento de la personería jurídico-política del partido del distrito, según lo establece la Ley 23.298, en el Artículo 7.

Requisitos para ser reconocidos Partidos Políticos Nacionales

En el caso que el partido político sea reconocido en cinco o más distritos con el mismo nombre, programa, bases de acción política, declaración de principios o carta orgánica, podrán solicitar el reconocimiento como partido político nacional ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito donde se haya fundado.

Al obtener dicho reconocimiento, el partido tiene que inscribirse en el registro que corresponde, ante un juez federal con la competencia electoral de los distritos donde desea actuar, además de lo establecido en el artículo 7mo y 7mo bis de la Ley 23.298, que determina presentar los siguientes requisitos:

  • Entregar el testimonio de la resolución que le reconoce como personería jurídico-política.
  • Presentar la declaración de los principios, programa o bases de acción política y carta orgánica nacional.
  • Otorgar el acta de la designación y la elección de las autoridades nacionales del partido y de sus autoridades de distrito.
  • Presentar el domicilio partidario central y el acta de la designación de los apoderados.

De este modo, para mantener el partido político la personería jurídico-política, tienen que mantener de forma permanente el número mínimo de los distritos que han establecido como personería jurídico-política vigente, según lo establecido en la Ley 23.298, en el Artículo 8.

Cómo inscribir un Partido Político en Argentina

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

Según la Ley 23.298 determina que según el territorio donde tengan poder de acción, los partidos políticos pueden ser de distrito y los nacionales. Y cada uno de ellos tiene un procedimiento que cumplir y es el siguiente:

Partido Político de Distrito

Este tipo de partido ejerce operaciones en el distrito que lo reconoce, alcanzando el rango territorial respectivo, para ello debe seguir los siguientes pasos:

  • PRIMER PASO

Se debe dirigir al Juzgado Federal con autoridad electoral en el distrito donde se desea ejercer, dándose en dos etapas:

  • Obtener la personería jurídico-política provisoria.
  • Obtener la personería jurídico-política definitiva.
  • SEGUNDO PASO

En el reconocimiento provisorio, tendrá que presentar los requisitos establecidos y cumplirá un período de formación o desarrollo, en el que no postulará candidatos a cargos electivos en elecciones primarias o nacionales.

  • TERCER PASO

Para obtener la personería jurídico-política definitiva, deberán tener la personería provisoria, y los trámites son realizados por los apoderados o las autoridades promotoras, quienes garantizar de la veracidad de la información presentada en los requisitos presentados.

Partido Político Nacional

El partido político nacional podrá ejercer en todo el país, dando la potestad de postular candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de Argentina. Para ello debe cumplir los siguientes pasos:

  • PRIMER PASO

Debe ser reconocido en un mínimo de cinco distritos como partido político.

  • SEGUNDO PASO

Tendrá que poseer la declaración de programa o bases de acción política, principios y la carta orgánica.

  • TERCER PASO

Deberá asistir al Juzgado Federal con autoridad electoral, en el distrito donde se conformó, y realizar la solicitud para ser reconocido como agrupación política con alcance nacional.

  • CUARTO PASO

Luego deberá presentarse ante los jueces federales con autoridad electoral, según el alcance en los distritos respectivos, y realizar la inscripción del registro.

Preguntas Frecuentes

Requisitos para formar un Partido Político en Argentina

¿Qué es el Padrón Electoral?
El padrón electoral es el registro donde se encuentran todas las personas que pueden votar. Señalando los siguientes datos: nombres, apellidos, sexo, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, profesión, tipo y número de documento.

¿Que es la Carta Orgánica de un partido político?
Es la ley fundamental del partido político, siendo la que regula su gobierno, organización y funcionamiento.

¿Qué es la Plataforma Electoral?
Es un documento que contiene la declaración de los principios, el programa o bases de acción política del partido político.

¿Cómo afiliarse a un partido político?
Para afiliarte a un partido político, deberá cumplir lo siguiente:

  • Deberá estar inscripto en el registro electoral del distrito donde solicite su afiliación.
  • Comprobar su identidad con el Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Presentar la solicitud que se entregan en cualquier local del partido, donde indique el nombre, domicilio, Documento Nacional de Identidad (DNI), estado civil, profesión u oficio y la firma certificada.

¿Quiénes no se pueden afiliarse a un partido político?
Las personas que no pueden afiliarse a un partido político son los siguientes casos:

  • Todos los excluidos del padrón electoral.
  • Aquellos que estén prestando servicio en las Fuerzas Armadas.
  • El personal que esté prestando servicios en las fuerzas de seguridad.
  • Los jueces del país.

¿Cómo se realizan las elecciones partidarias internas?
Las elecciones de autoridades partidarias se realiza de forma periódica, aplicándose el sistema de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, en todo el territorio argentino, en un mismo día y para todos los partidos políticos que estén activos.

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Como se pudo ver los partidos políticos están enmarcados en garantizar los principios de la democracia. Al ser las instituciones que pueden presentar candidatos a la elecciones periódicas para asignar los poderes.

De este modo tienen un gran valor, dándole garantía a la ciudadanía o al colectivo, en el derecho de emitir un voto único en cada elección, de tal forma que si desea crear un partido político siga los pasos presentados en este artículo y ser garante de la democracia de Argentina.

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